El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Segovia ha desestimado el recurso interpuesto por la asociación San Miguel y San Frutos contra la colocación, hace algo más de un año, de la estatua del diablillo llamado ‘Segodevs’ en Segovia, en concreto en el pretil de la calle San Juan de la capital segoviana, según fuentes del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL).
La parte actora consideraba que la estatua incide en el ámbito de la libertad religiosa, porque simboliza una leyenda popular que se encuentra inserta y enraizada en el colectivo imaginario segoviano, formando parte del acervo cultural segoviano, de tal manera que la presencia del diablo, en cuanto plasmación o representación escultórica de esta leyenda, no tiene por finalidad menospreciar los sentimientos religiosos, dado que “no supone un ataque a los postulados y valores católicos”, ni pretende establecer ninguna contraposición a dichos valores.
Se trata de una representación del diablo, que carece de elementos negativos sobre los valores católicos, sino que supone la visibilidad de la leyenda segoviana, a la que se ha añadido elementos de actualidad, como es el teléfono móvil, para efectuar un ‘selfi’.
De conformidad con lo previsto en el artículo 139 LJCA, se imponen las cotas en esta instancia a las demandantes por mitad, dada la desestimación de la demanda formulada, si bien dada la naturaleza de las cuestiones controvertidas, su complejidad y la cuantía indeterminada del recurso, se fijan en un máximo de 2000 euros- IVA incluido- para cada una de las partes actoras del presente recurso contencioso.