Declarada nula la ZBE en Segovia por una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León que estima la nulidad de la Ordenanza.
En el fallo, la sentencia establece que atiende el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la asociación “LIBERUM”, contra la Ordenanza reguladora de la Zona de Bajas Emisiones en la ciudad de Segovia. Y, en virtud de ello, declara la nulidad de la Ordenanza.
La sentencia también recoge que es susceptible de recurso de casación ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo. O, también, ante la Sección de Casación de la Sala de lo Contencioso-Administrativo con sede en el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.
Para esta asociación, la sentencia sobre la ZBE de Segovia es «una gran noticia» y avisa que «vamos a por las siguientes».
Además, en sus redes, «agradece a todos los ciudadanos de Segovia que se comprometieron con nosotros en esta tarea».
🚨 Última hora!!!!
Gran noticia 👏👏👏
Acaban de notificarnos que ha sido declarada nula de pleno derecho la ZBE de Segovia. Otra más!!!
Vamos por las siguientes, como ya adelantamos con la nulidad de Badajoz, debería ser un efecto dominó.
Aprovechamos para agradecer a todos los… pic.twitter.com/fJncr5wKPE— AsociaciónLiberum (@Aso_Liberum) May 20, 2025
El Tribunal considera en su sentencia, que la normativa municipal no se ajusta a derecho.
Entre otras cosas, los demandantes pedían la nulidad de la Ordenanza de la ZBE en Segovia por «no haber seguido el procedimiento legalmente establecido» y porque «no contiene memoria económica».
También alegan «falta de competencia municipal para la creación y gestión de las zonas de bajas emisiones mediante una ordenanza», «por la falta de Memoria de Análisis de Impacto Normativo» y la «ausencia de informes de procedimiento y medición de calidad medioambiental».
Además, pedían tener en cuenta la vulneración del derecho a la libre circulación, entre otros aspectos.
Plan de Movilidad Sostenible de la ciudad
·l Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León rechazó la entrada en vigor de la Zona de Bajas Emisiones en Segovia tras un recurso contencioso administrativo presentado por la Asociación Liberum, a partir del que se comprobó la falta de inclusión de esta ordenanza en el Plan de Movilidad Sostenible de la ciudad.
Esta obligación de incorporar la ordenanza surgió en 2021, sin embargo, según explicaron desde el Ayuntamiento de Segovia, el Plan vigente data de 2014 cuando, aseguraron, el gobierno de entonces “tendría que haber previsto esta orden”. Por ello, este ajuste, según indicaron, llevará consigo retrasos en la puesta en marcha de dicha ordenanza.
“Ya se está trabajando en los preparativos para la redacción del documento”, anunciaron desde el Consistorio, a la vez que avanzaron, con prudencia, que esperan tener listo en junio para que pueda entrar en vigor a finales de año, aunque insistieron en que los plazos los marcarán las actuaciones de los servicios técnicos.
Por su parte, desde el Ayuntamiento señalaron que dentro de las 150 páginas que componen la sentencia, desde el TSJCyL, avalaron el trabajo “impecable” que se ha realizado por parte de los técnicos municipales en la tramitación, diseño y gestión de la Zona de Bajas Emisiones. “La sentencia avala todo el trabajo realizado como una ordenanza prudente y un perímetro correctamente determinado”, remarcó el concejal de Urbanismo, Alejandro González-Salamanca.