La Seguridad Social ha puesto en marcha un servicio en internet para que los ciudadanos puedan conocer su situación sobre asistencia sanitaria. A través de la web www.seg-social.es, los usuarios pueden confirmar o ratificar el derecho a asistencia sanitaria.

A partir de 1 de septiembre de 2012, tienen derecho a la asistencia sanitaria, según el Real Decreto 1192/2012 del 3 de agosto que regula la condición de asegurado y beneficiario a efectos de asistencia sanitaria, los trabajadores en alta, los pensionistas o perceptores de prestación periódica de la Seguridad Social, los perceptores de prestaciones por desempleo o que hayan agotado dichas prestaciones y permanezcan desempleados, cualquier otra persona que resida legalmente en España y disponga de unos ingresos inferiores al límite de rentas fijado en el RD, y los suscriptores de convenio especial con derecho a asistencia sanitaria, así como a los beneficiarios de unos u otros.

Aquellos ciudadanos sobre los que la entidad gestora, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), no haya podido comprobar de oficio su residencia legal en España tendrán que acreditarla ante este organismo. De lo contrario, su tarjeta sanitaria dejará de tener validez.

El servicio de consulta por internet, en la página www.seg-social.es, está accesible. Introduciendo el nombre, el primer apellido, el documento de identidad y la fecha de nacimiento, el sistema le informará si tiene derecho a asistencia sanitaria como asegurado o como beneficiario.

Si el interesado no se encuentra registrado en la Base de Datos de Asistencia Sanitaria, el sistema se lo comunica indicándole que puede obedecer al hecho de no disponer de sus datos identificativos correctamente, o a que no conste debidamente acreditada su residencia legal en España o los ingresos de que dispone.

Se trata de un servicio de información de fácil manejo que no requiere que el usuario disponga de certificado electrónico, en el que basta introducir cuatro datos para obtener la respuesta del sistema. De este modo, se evitan desplazamientos innecesarios al INSS y, al mismo tiempo, permite alertar a quienes que por una u otra razón han de acreditar algún extremo para continuar disfrutando de asistencia sanitaria con cargo al Sistema Nacional de Salud.

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