La Audiencia Provincial de León ha condenado al padrastro de una menor a diez años de prisión por dos delitos de abuso sexual. Además, durante cinco años estará en libertad vigilada e inhabilitado para cualquier profesión u oficio, sea o no retribuido que conlleve contacto directo y regular con menores de edad durante un plazo de 15 años.
La sentencia, que puede recurrirse ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, le impone, por una causa en la que la Asociación de Ayuda a Víctimas de Agresiones Sexuales y Violencia Doméstica, Adavas de León, ejerció la acusación particular, la prohibición de aproximarse o residir a una distancia de 300 metros de la víctima y de comunicarse con ella por cualquier medio, directa o indirectamente, por sí o por medio de terceras personas durante cinco años.
El dictamen judicial considera probado que en los veranos de 2014 y 2015 la víctima, de 13 años, estaba viendo la televisión junto a la pareja de su madre y aprovechando que la se había quedado dormida en el sofá del salón y que se encontraban solos, el acusado la desnudó de cintura para abajo con fines lascivos y libidinosos; hechos constitutivos de un delito de abuso sexual, por el que se condena al procesado a la pena de prisión de dos años y un mes.
Además, en junio de 2018 este hombre procedió a dar un masaje en la espalda a la menor mientras la misma se encontraba en la cama para relajarla, hasta que ésta se quedó dormida. Posteriormente, procedió a bajar el pijama y las braguitas de la menor para proceder acto seguido a penetrarla vaginalmente. La Audiencia Provincial de León condena por estos hechos como autor criminalmente responsable de delito de abuso sexual con acceso carnal por vía vaginal a la pena de ocho años de prisión.