El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Segovia ha condenado a la empresa Fomento Territorial, encargada de la gestión integral de Segovia 21 entre los años 2002 y 2012, a devolver más de cuatro millones de euros a esta sociedad “por pagos indebidos e indemnizaciones”. De ello informaba hoy el administrador único de Segovia 21, Javier de la Orden, que precisó que el fallo no es firme, pero sí ejecutable.

Según consta en la sentencia, facilitada a Ical, el juez estima parcialmente la demanda que interpuso Fomento Territorial, con sede en Madrid, para reclamar 287.104,06 euros más intereses a Segovia 21 en facturas pendientes por servicios prestados entre abril y octubre de 2012, fecha a partir de la cual entró un nuevo equipo gestor a esta sociedad participada mayoritariamente por la Diputación de Segovia. Además, reclamaba la resolución del contrato de arrendamiento de servicios firmado en septiembre de 2002 y sus sucesivas prórrogas (2005 y 2009), así como la devolución de un aval prestado por el Banco Sabadell por un importe de 95.724,27 euros.

Pero al mismo tiempo, el juez estima parcialmente también las pretensiones de Segovia 21, que en su contestación a la demanda de Fomento Territorial formuló reconvención para reclamar 5.323.277,98 euros más IVA e intereses por el concepto de “cantidad indebidamente percibida”; y daños y perjuicios “por incumplimiento del contrato de presentación de servicios”.

En consecuencia, de la suma de estimaciones parciales, el juez, en su fallo, declara resuelto el contrato de arrendamiento que, incluyendo las prórrogas, mantuvo vigente la relación entre ambas sociedades desde el 4 de diciembre de 2002 hasta octubre de 2012. Y lo más importante, por el coste económico que supone, condena a Fomento Territorial a devolver 4.187.782,081 euros más IVA a Segovia 21. Una cantidad que ya incluye las facturas adeudadas y pendientes de abono que reclamaba Fomento Territorial a Segovia 21.

Por otro lado, Segovia 21 deberá devolver a Fomento Territorial el citado aval prestado por el Banco de Sabadell; a la vez que el juez ordena a Fomento Territorial entregar a Segovia 21 toda la documentación de la que disponga que sea de titularidad de esta última.

 

El origen del proceso

“Hoy mismo hemos recibido la sentencia”, señaló De la Orden en declaraciones a la prensa recogidas por Ical. El proceso se inició a finales de 2012 a raíz de la citada demanda planteada precisamente por Fomento Territorial para reclamar las facturas pendientes de ese año.

Aquella demanda motivó una revisión de toda la relación mercantil y profesional entre ambas firmas por parte de quien en septiembre de 2012 pasó a ser el administrador único (en nombre de Verae) de esta sociedad participada mayoritariamente por la Diputación de Segovia, aparte de Bankia (tomó el relevo de Caja Segovia) o la Cámara de Comercio. Así, a partir de octubre de 2012, Fomento Territorial cesó en la prestación de sus servicios (gestión integral de contrato, comercialización y gastos de urbanización), del mismo modo que se prescindió del expresidente de Caja Segovia, Atilano Soto, como consejero delegado de Segovia 21.

De esa revisión, el nuevo equipo gestor de Segovia 21 reconvino la demanda y solicitó a Fomento Territorial la devolución de “pagos indebidos” derivados de su contrato con esta sociedad y las sucesivas prórrogas. “Nos dedicamos a analizar en 20 días, que era el plazo que teníamos para contestar a la demanda, toda la información contable desde el año 2002 hasta el año 2012, y detectamos que las prórrogas no permitían el incremento de pagos que ya estaban realizados con anterioridad”, relató. “Esto fue lo que sostuvimos en la reconvención, y nosotros entendemos que cuando el contrato tiene un precio cerrado y cierto, ese precio cerrado no puede ser ampliado. Esa ha sido nuestra línea argumental y el juez ha estimado que efectivamente existen pagos indebidos”.

Así, “el juzgado estima en su sentencia la reconvención que formulamos y condena a Fomento Territorial”, subrayó De la Orden. “Nosotros además añadimos en la reconvención una serie de indemnizaciones por gastos en los que había incurrido Segovia 21 que consideramos que eran propios del contrato de gestión integral”.

Contra la sentencia notificada hoy cabe recurso de apelación. De hecho, dada la cuantía y el interés económico de la misma, el proceso todavía podría prolongarse hasta llegar al Tribunal Supremo. “Pero en el caso de que se recurriera por la parte contraria desde luego Segovia 21 tiene el propósito de hacer una ejecución provisional de la sentencia”, matizó De la Orden, ya que “no es firme pero sí ejecutable provisionalmente”.

 

“Una noticia excelente”

El administrador único de Segovia 21 describió como “una noticia excelente” esta resolución. “De hecho, yo creo que da cierta contundencia a nuestros argumentos de que entendemos que en ese contrato se hicieron pagos indebidamente a Fomento Territorial, y nos da la razón, evidentemente”. Además, señaló que si se hiciera efectivo el cobro de esos más de cuatro millones de euros “la situación de equilibrio patrimonial y de solvencia” de la sociedad “sería mucho mejor”.

Preguntado por cómo se pudo llegar a acumular tal cantidad de dinero en “pagos indebidos”, De la Orden respondió que “eso habría que preguntárselo a las personas que en el ejercicio de sus respectivas funciones hicieron los pagos”. “Esencialmente, yo entiendo que al consejero delegado (Atilano Soto), que fue el que otorgó las prórrogas de los contratos, aunque habrá que ver quién ha firmado todos esos pagos y por qué concepto”, matizó.

 

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