La Comisión Territorial de Medio Ambiente y Urbanismo de Segovia se ha reunido esta mañana en la Delegación, bajo la presidencia del delegado territorial, José Mazarías, y, entre otros asuntos, ha estudiado dos proyectos en suelo rústico en Vallelado y ha evaluado, en lo que se refiere a su posible impacto ambiental, una instalación en Roda de Eresma.

En el apartado correspondiente a autorizaciones de uso excepcional de suelo rústico, la Comisión Territorial de Medio Ambiente y Urbanismo ha autorizado, entre otras propuestas, la instalación de una nueva industria y la ampliación de otra ya existente en el término municipal de Vallelado.

El primer proyecto se refiere a una industria agroalimentaria de procesado de patatas, en la que se ha autorizado la edificación de dos naves pareadas que suponen en total 3.200 metros cuadrados construidos. La empresa se dedica a la limpieza, calibrado y envasado de patata.

El segundo expediente en Vallelado es la ampliación de una planta de deshidratación y tostado de achicoria y productos hortícolas. La nueva instalación que se proyecta se destinará al proceso de extrusión de harinas y de cereales sin gluten así como al tostado de cereales ecológicos.

Por último, entre los asuntos tratados a destacar en la reunión de hoy, se ha sometido a Evaluación de Impacto Ambiental Simplificada una planta para la generación de biogás renovable a partir de sustratos orgánicos proyectada en Roda de Eresma. Los residuos que se plantea valorizar son residuos orgánicos procedentes de la industria hortícola y lodos de depuradora, que se someterán a una digestión anaerobia dando lugar, por un lado, a biogás, que se empleará en autoconsumo de la propia planta, y, por otro, a residuos para aprovechamiento como fertilizante. Se excluye expresamente la utilización de cualquier residuo que pueda ser considerado subproducto animal.

La Comisión ha determinado que el proyecto no tiene efectos significativos sobre el medio ambiente en los términos establecidos en el informe de impacto ambiental, sin perjuicio del cumplimiento de otras normas vigentes que le sean de aplicación. La planta deberá cumplir una serie de medidas correctoras y protectoras establecidas en el propio acuerdo de la Comisión y en el documento ambiental presentado por el promotor.