La provincia segoviana se situó a la cabeza del incremento del número de matrimonios «rotos» durante el año 2011 en Castilla y León. Aunque no es la zona en la que más parejas rompieron, sí es la que mayor incremento registra, con 309 rupturas matrimoniales en 2011, frente a las 247 de 2010. Junto a Segovia, la única provincia en la que se registraron incrementos fue Salamanca, donde se contabilizaron 26 rupturas más, ya que de las 663 de 2010 se pasó a 689 el pasado año.
Seis de cada diez rupturas matrimoniales que se registran en la región se producen de mutuo acuerdo entre los cónyuges. Así de las 4.851 contabilizadas el pasado año, 2.868 fueron por consentimiento -2.660 divorcios y 208 separaciones-, lo que representa el 59,1 por ciento del total, porcentaje que se mantiene casi sin variaciones desde el año 2007, cuando se situó en el 58,4 por ciento, según datos del Consejo General del Poder Judicial.
Por su parte, en estos últimos cinco años el número total de rupturas tramitadas en los juzgados de Castilla y León descendió un 4,1 por ciento, al pasar de las 5.383 contabilizadas en el año 2007, a las 4.851 del pasado año. Del total de las rupturas del pasado año, 4.510 fueron divorcios (92,9 por ciento), 371 separaciones y sólo se contabilizaron dos nulidades.
Por provincias, Valladolid encabezó el número de rupturas en 2011 con 1.135, en total 48 menos que en 2010, por delante de León, donde se registraron 1.032, lo que supuso un descenso de 64 casos con el año anterior. El mayor descenso lo contabilizó Burgos, donde de las 771 de 2010 se pasó 677 el pasado año (-94). En Ávila se contabilizaron 255 rupturas, 40 menos que en 2010, y 121 en Soria, donde el descenso también fue de 40. Las variaciones más pequeñas se registraron en Zamora, donde se pasó de las 326 de 2010 a 321 el pasado año, y en Palencia, de 318 a 312.
Costes
El coste de un divorcio, según explica la abogada vallisoletana Eva Fuertes, depende de muchos factores, pero especialmente de si es consensuado entre los cónyuges. En este caso, la pareja debe presentar en el juzgado un convenio regulador, documento donde se establecen el régimen de visitas de los hijos habidos del matrimonio, la pensión de manutención que pasará el cónyuge con el que no convivan los menores, así como otros aspectos como puede ser el reparto de bienes o el establecimiento de una pensión compensatoria a favor de alguno de los cónyuges por desequilibrio. Este convenio tendrá que ser ratificado en el juzgado por las dos partes y deberá contar con el visto bueno del fiscal, ya que es quien vela por los intereses de los hijos menores de edad del matrimonio. El proceso puede durar entre dos y tres meses, y el coste, se establece a partir de los 1.200 euros por cónyuge.
Por su parte, en caso de ser un divorcio no consensuado el precio se fija a partir de los 1.500 euros y el proceso, siempre que no existan recursos, suele durar entre ocho y nueve meses desde que se presenta la demanda hasta que se conoce el fallo del juez. En ambos casos, el coste final dependerá del importe de la pensión que se solicite para los hijos, que suele situarse entre el 30 y el 35 por ciento del salario del cónyuge no custodio, del importe de la pensión compensatoria que se solicite, de si se liquida o no la sociedad de gananciales y, en último caso, de la complejidad del asunto.
Un divorcio no consensuado se inicia con la demanda de una de las partes ante el juzgado, en la que se solicita la adopción de una serie de medidas respecto al régimen de visitas de los hijos, a la cuantía de la pensión de alimentos, al pago de los gastos comunes… etc. Una vez se admite a trámite la demanda, se notifica a la otra parte para que conteste a la misma en un plazo de 20 días. Después, y tras la celebración de una vista oral en la que se practican las pruebas propuestas por las partes y en la que interviene el fiscal para velar por los intereses de los menores, se dicta sentencia por el juez, en la que se acuerda decretar el divorcio y la adopción de las medidas reguladoras del mismo en cuanto a los puntos ya indicados.
Los trámites judiciales para un procedimiento de divorcio y uno de separación son similares, aunque en el caso de la separación no se disuelve el vínculo del matrimonio, es decir, la separación no permite que los cónyuges vuelvan a contraer un nuevo matrimonio. En este sentido, la abogada Eva Fuertes matizaba que en la actualidad la mayoría de los procedimientos que se presentan en los juzgados son divorcios, mientras que los matrimonios que acuden a las separaciones lo hacen por motivos religiosos.