El Boletín Oficial de Castilla y León publica hoy el acuerdo de la Junta para el cierre perimetral de las provincias de Ávila y Segovia con el objetivo de proteger a su población y reducir el riesgo de contagios procedentes de otras provincias. La medida entrará en vigor mañana a las cero horas y se prolongará hasta el 3 de diciembre, fecha hasta la que se ha prorrogado las medidas en vigor en el resto de las provincias de la Comunidad.
Las limitaciones de entrada y salida de las provincias de Ávila y Segovia tendrán su excepción en aquellos desplazamientos debidamente justificados como son la asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios; cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales; asistencia a centros universitarios, docentes y educativos, incluidas las escuelas de educación infantil; retorno al lugar de residencia habitual o familiar; asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables, entre otros.
Además, el Bocyl también publica el acuerdo para la reapertura de los establecimientos de hostelería y centros comerciales. Así, el sector de la hostelería y la restauración de Ávila y Segovia reabrirá este viernes, 27 de noviembre, sus negocios con limitaciones en el aforo, que serán del 75 por ciento en las terrazas y del 33 por ciento, como máximo, en los interiores. Además, no se podrá consumir de pie o en la barra, que seguirán cerradas, sino en las mesas, en las que no se podrán sentar más de seis personas.
Además, se limitará la ocupación máxima de mesas o agrupaciones de mesas a seis personas. En todo caso, la distancia mínima entre mesas o agrupaciones de mesas será de 1,5 metros en terrazas al aire libre, y de dos metros en el interior de los establecimientos.
La eliminación de las medidas excepcionales también se concreta en la reapertura al público de los grandes establecimientos comerciales, así como comercios de más de 2.500 metros cuadrados. Estos abrirán con un aforo máximo de un tercio y se mantendrá el horario establecido por el estado de alarma.
También se establece un aforo máximo del 33 por ciento en las instalaciones deportivas convencionales y centros deportivos para la realización de actividad física que no sean al aire libre, con asistencia de público en aquellos casos en los que está permitido.
Además, la Junta indica que para el deporte en establecimientos cerrados es obligatoria la mascarilla (excepto para competiciones oficiales) y desarrollo de deporte sin contacto físico, excepto deportistas profesionales, de alto nivel o de alto rendimiento.