Una Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León obliga a Fresno de Cantespino a proteger tres de sus parajes más representativos. La sentencia, de 9 de octubre de 2015, determina la protección de tres bolsas de suelo rústico en los parajes de Los Langostillos, Las Cañadas y Los Terronales en su normativa urbanística, donde venía autorizando viviendas aisladas.
El Ayuntamiento y la Junta de Castilla y León aprobaron en 2014 una modificación de las ordenanzas de suelo rústico que dejó sin protección estos suelos, con la intención de seguir concediendo licencias para vivienda unifamiliar, como venía siendo habitual desde los años sesenta. Ecologistas en Acción solicitó la protección para las masas de bosque de esas bolsas de suelo, pero no fue atendida su demanda.
Los terrenos, que tienen una superficie global de 530 hectáreas (5.300.000 m2), fueron objeto de una parcelación urbanística en los años sesenta. Las Normas urbanísticas de 1977 los transformó en suelo urbanizable, al mismo tiempo que los terrenos de Prado Pinilla, donde hoy existen 300 parcelas urbanizadas sobre 280 ha de terreno. En las normas urbanísticas de 1997 volvieron a pasar a suelo rústico, pues los propietarios no querían pagar contribución urbana, pero el Ayuntamiento consintió en que a partir de entonces se pudiera edificar una vivienda cada 3 hectáreas. De hecho se construyeron unas veinte viviendas en mitad del bosque con luz, agua y acceso por la Cañada Real o por caminos abiertos.
Las tres bolsas de suelo dejadas sin protección forman parte de una amplia masa boscosa de roble y encina de miles de hectáreas de alto valor ecológico, que sí ha sido protegida por la nueva norma urbanística. El Tribunal considera que no existe diferencia alguna entre la zona protegida y la no protegida y, a petición de Ecologistas en Acción de Segovia, obliga al Ayuntamiento y a la Junta a darle la misma protección a las tres bolsas de suelo que a la masa forestal de su entorno.
Por otro lado, la ley 7/2014 de Castilla y León, que atiende al principio del urbanismo compacto, prohíbe desde noviembre de 2014 la construcción de viviendas en suelo rústico en toda la Comunidad Autónoma, por lo que queda garantizada la protección del suelo rústico frente a los usos residenciales, que ocasionan un impacto significativo sobre el medio rural, sobre su paisaje, su fauna y su flora, y provocan graves disfunciones en el valor de los suelos agrícolas.