La campaña de la Dirección General de Tráfico (DGT) de control de consumo de alcohol en los conductores se saldó en Segovia con un 0,60 por ciento de conductores sancionados. En total, fueron 2.348 los controles que la Guardia Civil realizó entre el 10 y el 16 de agosto pasados, cuando se desarrolló la campaña, de los que el 14 recibieron una denuncia.
En cuanto al control de drogas, fueron 14 las pruebas, en las que en seis ocasiones los conductores dieron positivo, un 42,86 por ciento. En la anterior campaña de la DGT de estas características, desarrollada entre los días 1 y 7 de junio, la Guardia Civil realizó en las carreteras de Segovia 2.733 pruebas de alcoholemia, con el resultado de 16 positivas, el 0,59 por ciento; y 12 de drogas, de las que cuatro, el 33,33 por ciento resultaron positivas. Los efectos del alcohol en la conducción están más asumidos por los ciudadanos que los riesgos que implican las drogas, razón por la cual, la DGT aprovecha todos los canales de comunicación de los que dispone para darlos a conocer.
Los conductores que han cometido una infracción relacionada con las drogas o el alcohol, además de recibir la resolución de la sanción, se les informa a través de imágenes y un breve texto de los efectos que estas sustancias provocan en la conducción. Aunque nos creamos en pleno uso de nuestras facultades físicas y mentales, la ingesta de alcohol hace que multipliquemos el riesgo de sufrir un accidente. Además, repercute de una mayor mortalidad, al ser un factor relacionado con un peor pronóstico en las lesiones sufridas.
La Ley de Seguridad fija las tasas máximas de alcohol permitidas para los conductores. Así como la prohibición de conducir con presencia de drogas en el organismo. El Código Penal tipifica los delitos contra la seguridad del tráfico y establece las siguientes penas para conducir con exceso de alcohol o bajo la influencia de drogas. La Ley de Seguridad Vial contempla para los conductores reincidentes, tomados como tales aquellos que hubieran sido sancionados en el año inmediatamente anterior por dar positivo a alcohol, la sanción de 1.000€.
Este misma sanción de 1.000€ se aplica también a aquellos conductores que circulen con una tasa que supere el doble de la permitida. En el caso de las drogas, la ley prohíbe conducir con presencia de drogas en el organismo del conductor, quedando excluidas las sustancias que se utilicen bajo prescripción facultativa y con una finalidad terapéutica. Esta infracción catalogada como muy grave está castigada con una sanción de 1.000 € y la retirada de 6 puntos.
Foto: Imagen de archivo de un control de alcoholemia en una carretera de Castilla y León/ Ical