El patrimonio cultural es uno de los principales valores de la provincia de Segovia. Por ello, la Delegación Territorial de la Junta ha resuelto dos líneas de subvenciones convocadas por la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, con la concesión de un total de 81.286,58 euros, para financiar seis actuaciones de conservación y restauración de bienes inmuebles integrantes del patrimonio cultural situados en municipios de la provincia de Segovia con población inferior a 20.000 habitantes, concretamente en Pedraza, Ayllón, Turégano, Sepúlveda y Fuentidueña.

La Junta, según informa Ical, ha resuelto conceder 55.312,46 euros en ayudas, distribuidas entre cuatro municipios: una subvención de 28.268,34 euros para el Ayuntamiento de Ayllón, destinada a la restauración de la muralla de la villa; 13.589,51 euros para el Ayuntamiento de Sepúlveda, para intervenir en un muro de la calle Los Fueros; 8.328,55 euros para el Ayuntamiento de Turégano, para las campanas de la Iglesia-Castillo de San Miguel, y 5.126,06 euros, para el Ayuntamiento de Pedraza, destinados a una actuación en el depósito del agua de la Plaza del Ganado.

En la otra línea de subvenciones, la Delegación Territorial resuelve dos ayudas, por un importe total de 25.974,12 euros, para la restauración y consolidación de otros tantos inmuebles integrantes del patrimonio cultural ubicados en Fuentidueña y Turégano. En Fuentidueña, se concede una ayuda de 20.295,66 euros a un propietario particular, para obras en el inmueble ubicado en el número 1 de la calle Hospital, y en Turégano, una subvención de 5.678,46 euros al Obispado de Segovia para una actuación en la iglesia parroquial de Santiago.

Con este tipo de actuaciones se persigue incrementar la concertación institucional y promover el compromiso de los propietarios con la conservación y mantenimiento de los bienes culturales. La Junta pretende que el binomio sociedad y patrimonio sea visible en todos los aspectos de su política en materia de patrimonio cultural. Por ello, continúa trabajando para que el patrimonio sea considerado como un bien a disposición de las personas y de los territorios.

Los beneficiarios son, por un lado, entidades locales con una población inferior a 20.000 habitantes y, por otro, personas físicas, comunidades de propietarios u otras comunidades de bienes y personas jurídicas sin fines de lucro cuyo bien esté situado en un municipio también con menos de 20.000 habitantes.