La Delegación Territorial de la Junta en Segovia realizó una valoración muy positiva de las últimas sentencias que condenan a dos personas por proferir insultos y amenazas contra agentes medioambientales mientras realizaban su trabajo en la provincia. “La resolución judicial favorable a los agentes debe servir de ejemplo y contribuir a incrementar la seguridad de estos profesionales en el desempeño de sus funciones”, resumió tal y como informa Ical.
En el primer caso, los hechos se remontan a mayo de 2020, cuando dos agentes medioambientales denunciaron a un grupo de personas por incumplir las limitaciones establecidas en la declaración del Estado de Alarma. Tras el incidente, uno de los denunciados realizó varias publicaciones en su perfil en redes sociales con contenido amenazante. Comentarios como: “Tú, te defino así por no decir x aki 4 verdades ya que te conozco bien. Aléjate de mí, si me ves mantente fuera de mi alcance porque te aseguro que no voy a frenar pase lo que pase, si te quieres, hazlo; “Indirectamente a mí me harías un favor, pero si mantienes las distancias a ti no te pasará nada. Ten cuidado”
La sentencia del Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción nº 1 de Segovia considera probados los hechos denunciados por los agentes medioambientales y que son legalmente constitutivos de un delito leve de amenazas, previsto y penado en el artículo 171.7 del Código Penal, y condena al autor de los mensajes a la pena de 45 días de multa con cuota diaria de 10 euros y al pago de las costas causadas en el procedimiento.
En el segundo proceso, los hechos tuvieron lugar en marzo de 2021, cuando un agente medioambiental de la Junta que se encontraba trabajando en el recinto del Centro de Recuperación de Animales Silvestres de Segovia vio entrar a dos personas y dirigirse hacia el río con cañas de pescar. El agente les llamó la atención por haber entrado en el recinto del CRAS y comenzó a grabar la reacción que estaba teniendo uno de los individuos a los que había advertido. Este sujeto se dirigió al agente con graves insultos personales y amenazas: “…te voy a pegar…, deja de grabarme, sal del coche…”. Y cuando los denunciados abandonaban el recinto, la misma persona añadió: “Ya te pillaré…”, y continuó con más insultos.
Al igual que en el anterior caso, la sentencia del Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción nº 5 de Segovia considera que los hechos son constitutivos de un delito leve de amenazas previsto en el Código Penal y condena al autor a la pena de multa de un mes con una cuota diaria de 5 euros y al pago de las costas causadas.
A la vista de estos incidentes, es necesario recordar que los agentes medioambientales de la Junta tienen la consideración de agentes de la autoridad en el ejercicio de sus funciones en base al Decreto 136/2002, de 26 de diciembre, de la Junta de Castilla y León. Asimismo, tienen la consideración de policía judicial en sentido genérico tal como establece el apartado 6º del artículo 283 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal y la Ley 10/2006 que modifica la Ley 43/2003 de Montes.