El Tribunal Supremo rechazó el proyecto de urbanización en el paraje conocido como Gamones, dentro del Parque Natural de la Sierra de Guadarrama, en el municipio de Palazuelos de Eresma (Segovia), que contemplaba levantar 63 viviendas unifamiliares en 16,5 hectáreas, en parcelas de 2.000 de metros cuadrados cada una, en este espacio de gran valor ambiental y paisajístico.
La Sala Quinta del Tribunal Supremo dictó, el pasado 18 de mayo, una sentencia que resuelve el recurso de casación sobre el proyecto de actuación y de urbanización del paraje de Gamones, tras el recurso de reposición presentado en marzo de 2016 por Ecologistas en Acción de Segovia contra la aprobación, por silencio administrativo, del proyecto para urbanizar Gamones.
Este paraje, expuso la organización ecologista, está situado en el pie de monte serrano, entre las localidades de La Granja y Torrecaballeros y fue incluido en un plan parcial urbanístico aprobado en 1997. Se trata de una amplia parcela, de 16,5 hectáreas, que contemplaba la construcción de 63 viviendas unifamiliares en parcelas de 2.000 metros cuadrados.
La finca, a los pies de la emblemática montaña de La Atalaya, dentro del Parque Natural de la Sierra de Guadarrama, en espacio de la Zona de Especial Protección de Aves (ZEPA) y Zona Especial de Conservación (ZEC) Sierra de Guadarrama, dentro de la Red Natura 2000; así como zona de protección del águila imperial ibérica, zona calificada como Paisaje Valioso por las Directrices de Ordenación del Territorio de Segovia y su entorno, ubicada a ambos lados de la Cañada Real Soriana Occidental y le atraviesa un arroyo y la cacera madre del río Cambrones.
Por tercera vez la Justicia da la razón a Ecologistas en Acción de Segovia y al Ayuntamiento de Palazuelos de Eresma, tras el recurso de casación presentado por el propietario y promotor de la urbanización contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia Castilla y León, que desestimaba a su vez el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Segovia, que consideraba que no podían entenderse aprobado por silencio administrativo en los proyectos de Actuación y de Urbanización del sector Gamones.
Suelo rústico con protección natural
Desde Ecologistas en Acción explicaron que han seguido dos líneas de trabajo para defender el espacio de Gamones frente a su construcción. La primera concluye, tras cuatro años de pleitos y tres sentencias favorables, con esta sentencia firme del Tribunal Supremo, reafirmando que no fue aprobado el proyecto de actuación y urbanización por silencio administrativo.
La segunda fue la redacción, como promotor urbanístico ‘peculiar’, de un nuevo Plan urbanístico que llevó a la Consejería de Fomento y Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León a aprobar la reclasificación del espacio de Gamones como suelo rústico con protección natural en marzo de 2019. El promotor también recurrió la reclasificación de la finca a suelo rústico y se sigue, en la actualidad, un procedimiento contencioso ante el TSJCyL.
En su auto, el Tribunal Supremo impide que se construyan viviendas en este suelo y pone en valor el trabajo llevado por Ecologistas en Acción de Segovia para proteger el medioambiente y destaca la “diligencia” de la organización ecologista, al interponer recurso de reposición “contra la información publicada por el Promotor-Propietario sobre la aprobación definitiva del Proyecto de Actuación”.
Para la organización ecologista esta sentencia establece una nueva doctrina en respuesta a la cuestión de interés casacional, al dictaminar que “no pueden entenderse aprobados por silencio administrativo los proyectos de actuación como instrumentos de gestión y ejecución urbanística, presentados por iniciativa particular”.
Desde Ecologistas en Acción de Segovia mostraron su satisfacción por ser reconocida por el Alto Tribunal como una organización “diligente” y que promueve activamente la vigencia del Estado de Derecho en la defensa del territorio del medio ambiente.