La Consejería de Empleo e Industria de la Junta de Castilla y León convocó una línea de ayuda destinada a personas trabajadoras afectadas por expedientes de regulación de empleo de suspensión de contratos de trabajo o de reducción de la jornada por causas económicas, técnicas, organizativas o productivas.
El objetivo de las ayudas reguladas por la Orden publicada hoy en el Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl) es paliar el impacto económico y compensar la pérdida de poder adquisitivo de las personas trabajadoras afectadas por expedientes de regulación de empleo de suspensión de contratos de trabajo o reducción de la jornada, incluidos los fijos discontinuos.
Así, los beneficiarios de estas ayudas podrán ser aquellos trabajadores que se hayan visto afectados por uno o varios expedientes de regulación de empleo entre el 1 de octubre de 2019 y el 30 de septiembre de 2020. También podrán ser beneficiarias las personas en calidad de indefinido fijo discontinuo cuyos contratos hayan sido interrumpidos o que se encuentren en periodo de inactividad productiva, a la espera de la llegada de la fecha en la que se procederá a su llamamiento y reincorporación efectiva, aplazada como consecuencia de un expediente de regulación de empleo de suspensión de contrato de trabajo o reducción de la jornada.
La ayuda económica se devengará por jornada completa de suspensión. En el caso de que el expediente de regulación temporal de empleo establezca la reducción de la jornada laboral, o cuando la reducción de esta jornada sea irregular a lo largo del periodo subvencionable, a los efectos de calcular la jornada completa de suspensión se traducirá el total de horas de reducción a jornadas completas. La cuantía se fijará en 7 euros por jornada completa de suspensión.
En el caso de los trabajadores afectados con contratos de trabajo a tiempo parcial, o cuyo contrato a tiempo completo se haya visto reducido en su jornada, se procederá a la reducción proporcional de la cuantía de la ayuda. Además, en el supuesto de trabajadores con contratos en la modalidad de fijos discontinuos, se podrá solicitar la ayuda por las jornadas que no hayan podido trabajar por finalización de la actividad antes de lo previsto en su contrato o por haberse aplazado el llamamiento para incorporarse a la actividad productiva como consecuencia de un expediente de regulación de empleo de suspensión de contrato de trabajo o reducción de jornada.
La ayuda tendrá una duración máxima por trabajador de 90 jornadas completas de suspensión como consecuencia de un expediente o expedientes de regulación de empleo, siempre dentro del periodo subvencionable, del 1 de octubre de 2019 a 30 de septiembre de 2020. El periodo para presentar solicitudes se mantendrá abierto desde el 19 de abril hasta el 18 de mayo de 2021.