Condenado el exalcalde de un pueblo de Segovia
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Condenado el exalcalde de un pueblo de Segovia que ejerció durante 45 años, entre 1974 y junio de 2019, por prevaricación.

La Sala de los Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León condenó por prevaricación al que fuera alcalde de la localidad segoviana de Maderuelo.

Según informa Ical, se le achaca un delito de prevaricación administrativa por la construcción de un bar-restaurante municipal en un entorno especialmente protegido.

El establecimiento se encuentra en suelo rústico con protección natural 2, clasificado como no urbanizable, protegido o especialmente protegido, y sin respetar la distancia de 250 metros a la Ermita de la Veracruz.

La construcción del bar se argumentó con el anuncio de la edificación de un Centro de Interpretación de la Villa de Maderuelo-Aula de la Naturaleza. Se hizo de esa manera para obtener la oportuna licencia, que no hubiera podido ser concedida en otro caso debido al tipo de terreno.

Asimismo, la creación de dicho centro de utilidad pública justificó la expropiación de unas fincas en las que construir una carretera de acceso al mismo. También, la obtención de un préstamo con cargo a los fondos Fomit por importe de 300.000 euros. Además, señala, ese gasto se incrementó en 174.202 euros más, sin que el citado edificio cultural llegase a ver iniciada su construcción.

Otros delitos

Por otro lado, el Tribunal absolvió al exalcalde de un delito contra la ordenación del territorio y de otro continuado de malversación de fondos públicos.

Además, la Sala absolvió al secretario del Ayuntamiento de Maderuelo, acusado como cooperador de un delito continuado contra la ordenación del territorio; de un delito continuado de prevaricación en concurso medial con un delito continuado de malversación de fondos públicos; y, con carácter subsidiario, como autor de un delito de omisión de perseguir delitos

La pena

Al exalcalde se le impuso la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público y para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por tiempo de nueve años.


         – Suspendida temporalmente la demolición de la estación de ferrocarril de Ortigosa de Pestaño

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