La Audiencia Provincial de Segovia dictó una sentencia condenatoria de diez años de cárcel a un hombre por dos delitos continuados de abuso sexual a dos menores de 16 años. Así mismo, le impone la medida de libertad vigilada con la prohibición de aproximarse a las dos víctimas a menos de 300 metros o comunicarse con ellas, durante el período de cinco años, a contar desde el cumplimiento de la pena privativa de libertad. También les tendrá que indemnizar con 3.000 euros a cada una de ellas y participar en programa de educación sexual.
En el relato de los hechos probados, se remarcó que el condenado, con 34 años, inició una relación con una menor de 14 años, y mantuvo con ella “relaciones sexuales consentidas”, al menos en cuatro ocasiones, en sábados de abril y mayo, en el domicilio del acusado. En estos encuentros, la menor consumía marihuana suministraba por el acusado sin que “conste que ello influyera en la decisión de consentir la relación sexual”.
Según la sentencia, la madre de la menor descubrió la relación y le pidió al acusado que se alejara de su hija, denunciando los hechos ante el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Segovia, el 18 de julio de 2017. Un mes antes de esta primera denuncia, el hombre inició una nueva relación sentimental de pareja con una amiga de la primera menor, “de 15 años de edad en aquel momento” y “con un grado de madurez escaso”, con la que llegó a mantener relaciones sexuales, en tres ocasiones.
La primera vez tras quedar con la chica en un parque próximo a la piscina de Cantimpalos y proponerle que fueran a su domicilio, donde también le suministró porros de marihuana. En este segundo caso, la relación se acabó al ser vista la joven por unos parientes en compañía del acusado y ponerlo en conocimiento de la madre de la menor, que formuló, junto a su hija, una denuncia ante la Guardia Civil de Cantimpalos el 12 de julio de 2017. A raíz de estos hechos, se dictó un auto contra el acusado con la prohibición de acercase a la menor a menos de 150 metros y comunicarse con ella por cualquier medio. El hombre lleva en prisión desde el 24 de julio, por esta causa.
La sentencia, cuyo ponente es el magistrado Jesús Marina Reig, da consistencia a las declaraciones de las dos menores de edad, en cuanto al consumo de marihuana y sobre las relaciones sexuales consentidas. El auto reflejó que las versiones de las dos chicas son “persistentes, verosímiles, y concurre la ausencia de incredibilidad subjetiva”. Los magistrados de la Audiencia de Segovia aseguraron que los hechos declarados probados son constitutivos, por un lado, de dos delitos continuados de abuso sexual a menor de 16 años, como recoge el Código Penal, y no se da el atenuante de que el acusado sea una persona próxima al menor “por edad y grado de desarrollo o madurez”.
Según el auto, a los magistrados no les queda duda de que el acusado conocía sus edades y sabía que tenían menos de 16 años porque no fue “un contacto aislado” sino de “una relación mantenida durante semanas”, con un conocimiento previo, al frecuentar el hombre “el grupo de adolescentes del pueblo”, en el que se movían las menores. Además, argumentaron que remitió un mensaje de whatsapp a una de ellas, en el que “pregunta si tenía 14 ó 15 años”, por lo que “no duda que tenga más de dieciséis” y “se contenta con confirmar que tenía más de 13 años”. Por el delito contra la salud pública, la Audiencia de Segovia estableció una pena de un año y un día de prisión.