La Audiencia Provincial de Segovia condenó a un hombre a la pena de cuatros años de prisión como responsable de un delito de abuso sexual, con la atenuante de embriaguez, según la agencia ICAL. También se le prohíbe aproximarse durante cinco años a menos de 500 metros de la víctima, a la que tendrá que indemnizar con la cantidad de 2.000 euros.
Según el relato de la sentencia, el acusado, sin antecedentes penales, en la madrugada del día 1 de noviembre de 2018, coincidió en una discoteca, en la Avenida del Acueducto de Segovia, con la víctima donde ingirió bebidas alcohólicas, “de forma que se encontraba bajo los efectos de una notable intoxicación etílica que limitaba sus facultades superiores, y también se encontraba ebrio».
Sobre las 6.00 horas, una de las amigas de la víctima logró que accediese a irse a casa, pues debían trabajar al día siguiente, y le acompañó junto con un amigo, ayudándola a subir la escalera y a abrir la puerta dejándola en su habitación. La mujer, fruto de su estado de embriaguez, decidió volver a la discoteca por un cigarrillo electrónico que se había dejado.
En la puerta, se encontró con el acusado y juntos volvieron a casa de ella. Según la sentencia ambos estaban afectados por el alcohol. Ella quedó tendida en la cama y el condenado tuvo relaciones con ella, a pesar de la oposición de la víctima.
Para los magistrados, los hechos descritos son legalmente constitutivos de un delito de abusos sexuales con penetración, previsto en los arts. 181.1, 2 y 4 del Código Penal y le parece “incuestionable la naturaleza sexual del acto y el atentado que supone para la libertad sexual de la víctima”.