Un mes más, el Archivo Histórico Provincial de Segovia desvela uno más de los tesoros patrimoniales que contiene la historia de la provincia. En este caso, se trata de una bula papal del siglo XVII, firmada por el Papa Clemente X, sobre la titularidad del beneficio de la Iglesia de San Miguel de Segovia.

Este documento forma parte de un pleito entre dos canónigos en el que se disputan, ante el juez del Corregimiento de Segovia, la posesión de un beneficio de la Iglesia Parroquial de San Miguel. Por un lado, el licenciado Manuel López Bernardo, canónigo de la Catedral de Segovia, y por otro el licenciado Juan García de Olea que residía en el Vaticano junto al Papa, ambos presentan alegaciones relativas a quién de los dos debe de cobrar el beneficio de San Miguel.

Esta bula es un bonito pergamino del siglo XVII conservado cosido dentro del pleito, que mantiene su sello original de plomo colgado de cintas de seda trenzada en amarillo y rojo, hoy descoloridas por el paso de los años. Los sellos de la Cancillería Pontificia se caracterizan por citar en el anverso el nombre del Papa a quien corresponden y en su reverso las efigies de San Pedro, con barbas, y San Pablo, que siempre aparece con una prominente calvicie, separados por una cruz.

Los visitantes podrán ver este documento histórico en el patio de la Casona de los Ortega Lara, sede del Archivo Histórico, durante este mes de mayo, de lunes a viernes, de 9:00 a 14:00 horas; y lunes y martes, de 16:30 a 18:30 horas. Además, los lunes a las 17:00 horas y los miércoles y viernes, a las 12:30 horas, se realizarán visitas guiadas en las que se explicará al público los detalles del documento. Para asistir a estas presentaciones es necesario pedir cita previa llamando al teléfono 921 46 10 42.

 

¿Qué son los «beneficios»?

El beneficio eclesiástico era el cargo dentro del clero secular que otorgaba rentas a su titular, llamado beneficiado. Muchas veces el beneficiado no tenía necesidad de cubrir personalmente su beneficio, pues podía hacerlo mediante un vicario, cuando el titular tenía superiores ocupaciones. Este es el caso de Juan García de Olea, que residía en Roma, y del otro contendiente, Manuel López Bernardo, canónigo catedralicio. Es decir, ambos ya tenían otras rentas de origen eclesiástico mucho más productivas.

Las rentas de estos beneficios solían estar basadas en impuestos religiosos como los diezmos y las primicias, en cobros por el ejercicio del culto, como los derechos de estola, y en otros ingresos, derivados de propiedades territoriales. Se procuraba obviar que el derecho canónico prohibía cobrar ninguna cantidad por la administración de los sacramentos y, de hecho, se cobraban también. En el caso de la bula que se expone en el Archivo de Segovia, los litigantes se disputaban un beneficio simple servidero obtenido en las rentas de la Parroquia de San Miguel de Segovia y para ello cada uno presentó las pruebas oportunas.

En estas pruebas está la peculiaridad de este pleito, ya que el litigante que residía en Roma logró arrancar al Papa Clemente X una Bula de Posesión de las rentas de San Miguel en detrimento del canónigo segoviano.