Las altas temperaturas se verán acompañadas de vientos de cierta intensidad en algunas provincias, probabilidad de tormentas con poca precipitación y alta inestabilidad atmosférica. Estos factores incrementan la probabilidad de ignición y la velocidad de propagación por viento de los incendios que se inicien, en especial en las horas centrales del día y primeras horas de la tarde.
Se establecen medidas preventivas y organizativas contempladas en la Orden por la que se regula el uso del fuego y se prohíbe realizar trabajos en el monte y franja de 400 metros con maquinaria que pueda generar deflagración, chispas o descargas eléctricas. Las cosechadoras y empacadoras deberán detenerse si se superan simultáneamente los 30ºC de temperatura y 30 kilómetros por hora de intensidad de viento.
Se prevé que los días 6 y 7 de agosto haya viento de componente sur de 15 a 25 kilómetros por hora. En algunos momentos del jueves, el viento será especialmente intenso y desecante en el sur, centro y oeste de la meseta. Además, a partir del día 7 se esperan tormentas secas generalizadas, especialmente concentradas en el cuadrante noreste de la Comunidad, con escasa probabilidad de precipitación, que pueden complicar la situación.
Todo ello se suma a las condiciones de baja humedad y altas temperaturas, consecuencia de la masa continental sahariana en altura, que generará una anomalía de temperatura de unos 7º C más respecto al mismo período de otros años. Se espera también una alta inestabilidad atmosférica, como indica el Índice de Haines, que puede derivar en que los incendios iniciados cobren fuerte convectividad y deriven en un Gran Incendio Forestal (GIF) de difícil extinción.
Ante esta situación, la Consejería de Fomento y Medio Ambiente declara, por Resolución del Director General de Patrimonio Natural y Política Forestal, la situación de alerta meteorológica los días 6 y 7 de agosto. Durante estos días se solicita a la población que extreme aún más las precauciones y avise inmediatamente a través del 112 de la existencia de posibles incendios forestales.
Medidas preventivas: prohibiciones y precaución de la población y trabajos
La Resolución prohíbe el uso de barbacoas y la utilización de ahumadores en la actividad apícola; suspende las autorizaciones de uso del fuego y de fuegos artificiales; y prohíbe el uso de maquinaria que en su funcionamiento habitual despide chispas, como sopletes, soldadores, radiales en el monte y franja de 400 metros de terreno rustico que lo circunda.
En cuanto a la utilización de maquinaria tipo cosechadora o empacadora, se deberá suspender en los momentos en que la temperatura sea superior a 30 grados y la velocidad del viento supere los 30 kilómetros por hora. No obstante, con las elevadas temperaturas y fuerte sequedad ambiental, sumadas al gran desarrollo de la vegetación herbácea, se recomienda posponer las labores no urgentes y mantener la máxima precaución. En todo caso, es necesario tener a mano los medios de extinción y el personal suficientes para controlar los posibles incendios que se puedan originar como consecuencia de la labor.
El uso de motosierras está permitido siempre que se cuente con medios de extinción adecuados en el lugar donde se trabaje (mochila, batefuegos o similar) y que sus lugares de mantenimiento, si son en monte, se mantengan limpios de vegetación en un radio de al menos dos metros y con medios de extinción.
Los campamentos juveniles podrán seguir con su funcionamiento habitual extremando la vigilancia y las medidas preventivas y teniendo especial prudencia en el uso de generadores, motores y cocinas de campamento.
Asimismo, se solicita a la población que, además de extremar las medidas de prudencia, tenga la máxima precaución en sus actividades al aire libre, primando su seguridad, la de los demás habitantes y sus bienes, y la del monte, solicitando avise a través del 112 de la existencia de posibles incendios forestales.