La Junta de Castilla y León ha prolongado la declaración de alerta de riesgo de incendios forestales por causas meteorológicas hasta el lunes 18 de agosto en toda la Comunidad. La última alerta de este tipo finalizó ayer, 12 de agosto, pero las condiciones meteorológicas adversas han supuesto su prolongación.
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Las altas temperaturas, las humedades bajas y la probabilidad de tormentas prolongan la alerta de riesgo de incendios
Las predicciones para los días 13 al 18 de agosto indican una continuación de las condiciones meteorológicas adversas, con temperaturas altas que oscilarán entre los 30 y los 36ºC y humedades relativas bajas (menos del 15 %) en la mayor parte de la Comunidad. A ello hay que sumar la probabilidad de tormentas, que podrían ser secas y con fuertes vientos locales a partir del miércoles 13. Además, existen avisos de AEMET por calor elevado y fuertes vientos y probabilidad de tormentas secas hasta al menos el lunes 18 de agosto.
Tal y como han informado desde el Gobierno autonómico, estas condiciones, sumadas a la situación de estrés hídrico de la vegetación después de varios días seguidos con meteorología adversa, «aumenta considerablemente el peligro de incendios forestales». «Esto hace necesario adoptar las medidas oportunas», han asegurado desde la Junta, entre ellas la regulación de las actividades que tienen mayor probabilidad de originar incendios en estas circunstancias especiales.
Prohibiciones por la alerta de riesgo de incendios forestales
La Resolución prohíbe encender fuego en el monte en todo tipo de espacios abiertos, así como en zonas recreativas y de acampada, incluso en las zonas habilitadas para ello; el uso de barbacoas situadas en espacios abiertos, incluyendo aquellas autorizadas; el uso de maquinaria en el monte y la franja de 400 metros que lo circunda que, en su funcionamiento habitual, despida chispas o descargas eléctricas, como sopletes, soldadores y radiales; y también se suspenden las autorizaciones de uso del fuego y de fuegos artificiales, cohetes o artefactos de cualquier clase que contengan fuego.
Por otro lado, en labores agrícolas se debe suspender siempre la actividad cuando la temperatura sea superior a 30 grados y la velocidad del viento supere los 30 kilómetros por hora. También es obligatorio tener a mano los medios de extinción y el personal suficientes para controlar los posibles incendios que se puedan originar como consecuencia de la labor.
Restricciones en las labores agrícolas
Según el Gobierno autonómico, en lo que llevamos de época de peligro alto de incendios forestales, se ha producido «un número inusual de incendios motivados por maquinaria realizando trabajos en el medio rural», fundamentalmente en labores agrícolas. «Esto obliga a tomar medidas complementarias para estas actividades en las horas centrales del día, en las que estadísticamente se producen más siniestros, bien sea por el contacto de elementos metálicos con el suelo o por deflagraciones de las máquinas por un mal mantenimiento».
Por ello, además de las prohibiciones anteriormente mencionadas, que son las previstas como mínimo para estos estados de alerta, esta frecuencia de incendios derivados de labores agrarias «obliga a tomar medidas complementarias» para estas actividades en las horas centrales del día, que es cuando estadísticamente se producen más siniestros, bien sea por el contacto de elementos metálicos con el suelo o por deflagraciones de las máquinas por un mal funcionamiento o mantenimiento o limpieza insuficientes.
En este sentido, la Resolución también prohíbe en las horas más desfavorables del día, comprendidas entre las 14:00 y las 18:00 horas hasta el 18 de agosto el uso de skidders, procesadoras y desbrozadoras en los montes, así como el uso de cosechadoras, segadoras y empacadoras en los terrenos agrícolas situados a menos de 400 metros de terreno forestal.
En todo caso, se recomienda posponer las labores no urgentes, evitar los trabajos en las franjas horarias de mayor riesgo y mantener «la máxima precaución».