En el marco de la campaña de vigilancia que llevan a cabo los agentes medioambientales del Servicio Territorial de Medio Ambiente de la Junta en Segovia en la temporada de recolección de setas, durante el puente de Todos los Santos, se han realizado diversos controles en la provincia ya que esta actividad está ampliamente extendida en las fechas festivas. El objetivo de la labor de vigilancia es garantizar que el aprovechamiento de este recurso se hace de forma sostenible de acuerdo con el Decreto 31/2017, de 5 de octubre, por el que se regula el Recurso Micológico Silvestre en Castilla y León.
Además de inspeccionar la recolección en los montes de utilidad pública acotados, los agentes medioambientales han realizado en estos días controles en el resto de terrenos sin acotar. En tres de los controles realizados, los agentes de la comarca de Boceguillas identificaron a ciudadanos que habían recolectado níscalos (Lactarius deliciosus) en cantidades muy superiores a las permitidas en la normativa para la modalidad episódica en terrenos no acotados, que es la que estaban llevando a cabo, y para la que se establece un máximo de 3 kilos por persona y día, con prohibición expresa de comercializarlos.
Un ciudadano transportaba en el maletero de su vehículo 36 kilogramos de níscalos y a otros dos grupos de dos personas se les intervinieron 126 kilos y 22,5 kilos a cada uno. Los ciudadanos han sido denunciados quedando los níscalos decomisados.
La Junta ha recordado que la expedición de las licencias micológicas puede realizarse a través de la página www.micocyl.es y que para cualquier duda o consulta los interesados pueden ponerse en contacto con los agentes medioambientales de la zona antes de ir al monte a recolectar setas sin información sobre la normativa que regula esta actividad. Además, en el caso de que se quieran comercializar las setas es necesario disponer de licencia comercial.
El Decreto 31/2017, de 5 de octubre, por el que se regula el Recurso Micológico Silvestre en Castilla y León recoge una serie de medidas básicas para su gestión sostenible. La normativa reconoce que el aprovechamiento corresponde a los propietarios y titulares de los montes y, entre otros aspectos, regula la comercialización de las setas silvestres para fines alimentarios y fomenta la promoción turística.
El texto distingue entre setas silvestres recolectables y no recolectables; define las condiciones de las licencias, las prácticas prohibidas, como recolectar de noche o utilizar rastrillos, y prácticas obligatorias, como dejar el terreno en condiciones originales y la utilización de recipientes porosos; e incluye también la posibilidad de disponer de autorizaciones para fines científicos o didácticos.