Los dos feriantes de Salamanca, padre e hijo, procesados por reventar un ojo a puñetazos al propietario de otro puesto alcanzaron hoy un acuerdo de conformidad por el que reconocen los hechos, aceptan pagar la indemnización máxima solicitada (60.000 euros) y obtienen una rebaja de la pena de cárcel a dos años. La Fiscalía y la acusación particular habían solicitado inicialmente ocho, pero asumen sendos atenuantes por alcoholismo y lesión cerebral que permiten a la defensa contar con que sus clientes eviten el ingreso en prisión, ya que carecen de antecedentes penales.
La Audiencia Provincial de Segovia había fijado para hoy el juicio a E.L.B. y R.L.B., de 56 y 24 años de edad, por sendos delitos de lesiones especialmente graves a J.M.M.G., de 55 años, a quien le causaron el estallido del ojo izquierdo con la consecuente pérdida de visión e incapacidad permanente total para su profesión habitual. Sucedió el 27 de junio de 2012, durante las fiestas de San Juan y San Pedro de Segovia, y en la sesión iban a declarar cuatro personas como testigos, aparte de revisarse pruebas documentales y periciales, pero no fue necesario por el citado acuerdo de conformidad.
En este sentido, los dos agresores ya han hecho frente a una parte de sus responsabilidades civiles y han pactado abonarlas por completo, tal y como informó a la agencia Ical el presidente de la Audiencia, Ignacio Pando. Y las acusaciones, por su parte, aceptan un atenuante por alcoholismo del padre y otro por “lesión cerebral de la infancia” en el caso del hijo, de ahí la rebaja de las penas de prisión a dos años, a la vez que se mantienen las órdenes de alejamiento de la víctima y prohibición de comunicación por un periodo de diez años.
Los acusados no tienen antecedentes penales, según recogía ya el escrito de conclusiones provisionales de la Fiscalía, de modo que la Audiencia segoviana estimará la solicitud de suspensión de la ejecución de las penas de cárcel si comprueba que las hojas histórico penales de ambos así lo confirma.
Hechos probados
Los hechos que ahora se dan por probados tuvieron lugar sobre las 22.00 horas del 27 de junio de 2012 en el recinto ferial de Segovia, coincidiendo con las fiestas de San Juan y San Pedro de esta localidad. España y Portugal jugaban las semifinales de la Eurocopa de fútbol y el agredido estaba viendo el partido precisamente en el mesón de los acusados, propiedad del padre.
Durante el descanso, sobre las 22.00 horas, el Ministerio Fiscal relata que llegaron “muy alterados” varios miembros de la familia L.B., entre ellos los dos agresores. Y aunque no precisa en su escrito el motivo del alboroto, apunta que J.M.M.G. salió del mesón “para intentar mediar” y recibió dos puñetazos en el rostro por parte del mayor de los acusados.
El agredido intentó entonces “quitárselo de encima”, según el fiscal, momento en que el más joven, “jaleado por su padre y con la misma intención que éste, se abalanzó” sobre él y “le propinó varios puñetazos en el ojo izquierdo”. J.M.M.G. quedó aturdido y tuvo que ser asistido por un camarero del mesón, mientras los dos agresores se marchaban.
La Fiscalía no ofrece más detalles sobre lo ocurrido en su escrito, aunque el Cuerpo Nacional de Policía informó en su día, tras las detenciones practicadas en Segovia y Salamanca a raíz de la denuncia que interpuso el agredido el 28 de junio de 2012, que el enfrentamiento se habría originado por diferencias sobre la instalación de un puesto en la feria de Piedrahita (Ávila).
Heridas y secuelas
J.M.M.G., “a consecuencia de la agresión”, sufrió una “contusión ocular con estallido del ojo izquierdo” y la “pérdida completa de la visión” a través de éste. Pasó 13 días hospitalizado, primero en Segovia y después ya en su ciudad de residencia, Salamanca, y otros 106 “impedido para sus ocupaciones habituales” hasta que recibió el alta médica. Sin embargo, pocos meses después, el 4 de abril de 2013, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) de Salamanca declaraba su incapacidad permanente total para su profesión habitual.
A la semana siguiente del altercado, los juzgados de Instrucción 4 y 1 de Segovia y Salamanca dictaron sendos autos que prohibían a E.L.B. y R.L.B. comunicarse por cualquier medio con el agredido y acercarse a él a menos de 1.000 metros, órdenes de protección que, según el acuerdo de conformidad alcanzado, se mantendrán diez años más.
La Fiscalía solicitó inicialmente ocho años de prisión y una indemnización “conjunta y solidaria” de unos 50.000 euros; en concreto, 7.104,63 por las lesiones y 34.327,21 por las secuelas, así como un incremento del 20 por ciento “vista la incapacidad total declarada de la víctima, con aplicación del interés legal”. Y la acusación particular solicitaba la misma pena de cárcel y una indemnización de 60.000 euros, cantidad que los acusados aceptan pagar a través de este acuerdo de conformidad que, previsiblemente, les evitará entrar en prisión.