300.000 euros para reparar las iglesias de la provincia
300.000 euros para reparar las iglesias de la provincia

La Diputación y el Obispado de Segovia han acordado destinar 300.000 euros para reparar iglesias de la provincia de Segovia. Los términos del convenio establecen que cada una de las entidades aportará 150.000 euros y las cantidades se deberán ejecutar y justificar este año. Además, una comisión mixta se encargará de seguir el cumplimiento del acuerdo.

Acciones subvencionables

Según el acuerdo, son subvencionables los trabajos de reforma y rehabilitación cuyo objetivo sea la adaptación o adecuación para la mejora del inmueble; las grandes reparaciones (obras estructurales o de reparación de cubiertas); y el mantenimiento y conservación con trabajos de menor entidad para preservar los elementos básicos del inmueble.

El Obispado se encargará de la contratación y ejecución de las obras aprobadas; de la dirección, control y certificación de los trabajos; así como de la obtención de permisos, autorizaciones y licencias. Asimismo, se ha comprometido a aportar cualquier exceso que pudiera producirse por liquidaciones, modificaciones o un mayor presupuesto sobre la cantidad asignada en el convenio.

El periodo de ejecución y justificación para las entidades beneficiarias finalizará el 30 de noviembre de 2024 y se establecerá una comisión mixta de seguimiento, vigilancia y control de los resultados, que serán evaluados. La conformarán cuatro representantes, correspondiendo dos a cada una de las partes firmantes del acuerdo.

La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, refleja la posibilidad de conceder subvenciones de forma directa por razones acreditadas de interés público, social y económico. Criterios que concurren en este caso, al tratarse del rico patrimonio arquitectónico (interés público), constituir señas de identidad de nuestros pueblos (interés social) y diversificar la oferta turística del territorio (interés económico).

Hay que tener en cuenta, además, que al ser el Obispado el titular de los bienes y, por consiguiente, quien puede autorizar las actuaciones en los mismos, no hay posibilidad de poner en marcha una convocatoria.