La Consejería de Sanidad publica en el BOCyL la orden de creación del Registro Aerobiológico de Castilla y León, un sistema de información para la prevención de la alergia originada por el polen, esporas fúngicas y otros posibles alérgenos procedentes de vegetales, basado en el registro de los niveles de los mismos presentes en la atmósfera de la Comunidad.

La finalidad del Registro es recopilar los datos aerobiológicos de Castilla y León y elaborar y difundir la información sobre previsión de niveles de polen mediante las tecnologías de información y comunicación. Asimismo, centrará su labor en conocer la incidencia y distribución polínica en la atmósfera en función de las variables geográficas, estacionales y climáticas.

El registro también servirá, según la orden de constitución, para el desarrollo de estudios epidemiológicos que identifiquen circunstancias de mayor riesgo y permitan el establecimiento de patrones clínico-epidemiológicos para la alergia polínica. Otras funciones que ejercerá el nuevo órgano serán el apoyo a la planificación y evaluación de las actividades preventivas y asistenciales en el ámbito de la alergia polínica; y la colaboración en la investigación de las patologías por alergia al polen.

Asimismo, el registro incorporará datos de otros alérgenos presentes en la atmósfera, especialmente esporas fúngicas y otras partículas alergénicas procedentes de los vegetales para conseguir los objetivos anteriores.

El registro, adscrito a la Agencia de Protección de la Salud y Seguridad Alimentaria, de la Consejería de Sanidad, contará para la obtención de datos con estaciones de medición, laboratorios para el procesado y análisis y una Unidad Central. Además, podrán crearse unidades provinciales cuando el número de unidades captadoras o el riesgo para la salud así lo determine, lo que será autorizado por el titular de la Agencia de Protección de la Salud y Seguridad Alimentaria, definiendo sus funciones e integrantes.

Los profesionales de las demarcaciones, donde desempeñan sus funciones los servicios oficiales Farmacéuticos, que cuenten con estaciones de medición serán los responsables de obtener las muestras y de su remisión al laboratorio, de acuerdo con los procedimientos que establezca la Agencia de Protección de la Salud y Seguridad Alimentaria en relación con el Registro. Igualmente, los laboratorios de análisis y la Unidad Central y, en su caso, las unidades provinciales observarán los criterios metodológicos de funcionamiento previstos en dichos procedimientos del registro.

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