El Tribunal Supremo ha anulado ocho claúsulas suelo incorporadas a préstamos hipotecarios de la extinta Caja Segovia por lo que considera «falta de transparencia» a la hora de informar a los clientes sobre la presencia de dichas cláusulas.

Según el Tribunal las clausulas suelo analizadas no superaron el control de transparencia preceptivo al no formar parte de las negociaciones y tratos que se llevaron a cabo previamente ni quedo resaltada y diferenciada en el contrato ni en la previa oferta vinculante.

El Tribunal en la resolución afirma que el control de transparencia no puede ser solo relativo a que las clausulas sean «simplemente claras» desde el punto de vista gramatical.

Con respecto a si las cantidades cobradas por el banco en aplicación de las cláusulas debería ser devuelta al cliente de Caja Segovia el Tribunal no ve posible examinar las consecuencias de la declaración de nulidad.

Foto: Ical