La Comisión Territorial de Medio Ambiente y Urbanismo de Segovia se ha reunido esta mañana en la Delegación y, entre otros asuntos, ha aprobado definitivamente la modificación puntual de las normas urbanísticas municipales promovida por el Ayuntamiento de La Losa, para cambiar la clasificación del sector de suelo urbanizable ‘Mano Sacristán’ de su municipio a suelo rústico de protección natural.

Los terrenos incluidos en este ámbito se localizan al sur del casco urbano de La Losa y tienen una superficie de 100.227 metros cuadrados, que en su mayor parte son de propiedad municipal. En los trece años de vigencia de las normas urbanísticas del municipio, este sector de suelo urbanizable no se ha desarrollado, y el Ayuntamiento considera que sus valores ambientales precisan protección por lo que propone ahora su clasificación como suelo rústico de protección natural por la alta calidad medioambiental del espacio y para preservarlo de la urbanización.

También en el apartado dedicado al planeamiento urbanístico, la Comisión ha aprobado en su reunión de hoy la modificación puntual que promueve el Ayuntamiento de Navas de San Antonio para realizar varias correcciones en sus normas urbanísticas municipales. A través de esta modificación, el Consistorio pretende, entre otros objetivos, actualizar la cartografía del núcleo urbano y del término municipal, modificar y actualizar alineaciones en el casco urbano, incorporar nuevas edificaciones al catálogo de elementos protegidos, ajustar la definición de las categorías del uso industrial y adaptar el documento de las normas a la legislación urbanística vigente y a sus últimas actualizaciones.

Con estas correcciones, el Ayuntamiento de Navas de San Antonio considera que asegura que el uso del suelo se realiza de acuerdo al interés general y establece mejoras en la ordenación urbanística que favorecen el desarrollo sostenible mediante la combinación equilibrada de usos. Actividades y grupos sociales.

La aprobación emitida por la Comisión Territorial de Medio Ambiente y urbanismo señala que deben corregirse algunas deficiencias observadas en el documento de la modificación puntual antes de su publicación. Entre ellas, el promotor debe clasificar el ámbito del cementerio como suelo rústico de protección especial y debe aportar las fichas urbanísticas de ordenación general de los sectores de suelo urbano no consolidado y suelo urbanizable que se ven afectados en cuanto a la reducción de superficie de suelo.

Cuando estas y otras deficiencias establecidas por la Comisión estén subsanadas, debe remitirse el documento completo corregido al Servicio Territorial de Fomento para su comprobación antes de publicar la modificación puntual.

Autorizaciones de uso excepcional de suelo rústico

En Brieva, la Comisión ha autorizado el uso de suelo rústico para un proyecto de construcción de un centro de cría en ciclo cerrado de aves rapaces. Para la consecución de los objetivos de cría se diseñan tres espacios diferenciados funcional y físicamente: por un parte, los módulos de cría, que albergan los reproductores y donde se realizan las inseminaciones y las puestas; además, una halconera climatizada para la incubación artificial y posterior recría; voladeros exteriores de forma rectangular con perímetro ciego y cielo de malla romboidal, que permite a los ejemplares un mejor acondicionamiento físico; y, por último, casetas de alimentación y estancia de pollos.

También en la sesión de esta mañana, la Comisión Territorial ha respondido a una consulta previa sobre la posibilidad de construcción de dos casas rurales en suelo rústico, en el término municipal de Torreiglesias.  Se considera que se trata de un uso autorizable siempre que se acredite la necesidad de emplazamiento en suelo rustico. Para su autorización, el promotor debe remitir el proyecto de la instalación para someterlo a estudio de la Comisión de Medio Ambiente y Urbanismo.